IRREGULARIDADES EN EL IBI? INMUEBLES NO DECLARADOS?
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En data 17 de desembre de 2019 es va dictar per part de la Gerència Territorial del Cadastre de Tarragona un acord d’alteració cadastral de la finca identificada amb la referència cadastral 5852701CF6555S amb el següent detall:
“Vista la Rectificación de errores presentada por PORT TORREDEMBARRA, SA con NIF A43355403, una vez realizadas las comprobaciones oportunas y tras examinar la documentación aportada, esta Gerencia, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, acuerda INSCRIBIR la alteración catastral acreditada de los inmuebles que se relacionan (total inmuebles:73), conforme a los datos que se detallan en el presente acuerdo.
A la vista de la información presentada, y una vez examinados los antecedentes obrantes en esta Gerencia Territorial, se ha procedido a la identificación de todos los locales que componen el bien inmueble, así como el método de valoración de la finca de conformidad con el apartado 3.2.5 de la Valoración de bienes singulares / Port de Torredembarra, de la vigente Ponencia de Valores del municipio de 2002. En concreto:
1- Según expediente de declaración 902 precedente, el bien inmueble
original 0003 (Registral 14968) se divide en los bb.ii. 78,79,80,
81, 82, 83 y 84 (Registrales 18495,18497,18499,18501,18503,18505 y 18507) y además debe crearse en este expediente de Corrección de Errores un
bien inmueble nuevo a partir del local 91 y de 197 m2 de superficie construida, con uso/destino talleres, que se
corresponde con la registral 18493.
2- También se ha comprobado que en el mismo 902 referido, el bien inmueble original 15 (Registral 14992 con 1176 m2 construidos según Registro) y que figuraba en base de datos desde el alta inicial formado íntegramente por el local 15 y como SUELO, sufre modificación en el sentido de contar con una superficie construida en privativo de 1199 m2 y compuesto por los locales 92,93,94,95 y 96 con uso/destino/tipología aparcamiento/obras de urbanización interior, y además da lugar al bien inmueble nuevo que se da de alta por éste número 0085 (Registral 18493) compuesto exclusivamente por el local 91 de 172 m2 de superficie construida (171,60 según registro) con destino/uso/tipología Aparcamiento/Obras de Urb. Interior.
3- El bien inmueble original 16 (Registral 14994) y que originalmente se grabó como S/UE/LO, es ahora un bien inmueble formado por los locales 97 y 98 que totalizan 304 m2 construidos con uso/destino/tipología aparcamiento/obras de urbanización interior, procediéndose a dar de baja por éste el local 16 - VUELO de 1 m2 de superficie.
4- Asimismo, procede consignar la fórmula de cálculo 40/4C para dar cumplimiento así a las especificidades de cálculo en los valores catastrales según el apartado expresado de la Ponencia de Valores.
5- Se comprueba que el bien inmueble catastral 0076 (sin correspondencia Registral), fue dado de alta por Resolución de Recurso RED2 tras PVC de 2002. Queda pendiente los titulares de éste B.I. insten ante Registro su correspondencia registral si es que procediera o fuera posible ésta.
6-Se comprueba también que el bien inmueble catastral 0077 (sin correspondencia Registral), ha sido dado de alta sin correspondencia registral tras tramitación y grabación en base de datos del 902 precedentes a éste. Queda pendiente los titulares de éste B.I. insten ante Registro su correspondencia registral si es que procediera o fuera posible ésta.
7-Finalmente, se consigna la estructura de titularidad correcta según Propiedad Plena y Concesiones Administrativas constituidas en cada uno de los bienes inmuebles.
Concesión administrativa a favor de la sociedad mercantil "PORT DE TORREDEMBARRA, SA" con cif A43355403 otorgada el 9/11/1992 e Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torredembarra dicha Concesión en la Registral 13702 Inscripción 2A-; Declaración de Obra Nueva y División Horizontal según Escritura de 29/05/1995 otorgada por "PORT DE TORREDEMBARRA SA" en su condición de Concesionario, y responsable de las Obras y su División en Entidades en régimen de DH.
Dichas alteraciones tendrán efectos en el Catastro Inmobiliario desde el 1 de enero de 2003.”
Vuitè: D’acord amb la informació subministrada per l’Administració competent, la resolució anterior va ser notificada per part de la Gerència Territorial del Cadastre a PORT TORREDEMBARRA, SA en data 21 de gener 2020.
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1) El titular de la concessió és PORT TORREDEMBARRA.
3) Es considera subjecte passiu a
qui té la titularitat d’una concessió administrativa. El concessionari és a qui correspon l’obligació de
l’impost.
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Por otro lado, al realizar la comprobación de los locales y sus superficies, parece ser que aparecieron nuevas construcciones por parte de Port Torredembarra sin declarar.
../ El bien inmueble original 16 (Registral 14994) y que originalmente se grabó como SUELO, es ahora un bien inmueble formado por los locales 97 y 98 que totalizan 304 m2
se ha comprobado que en el mismo 902 referido, el bien inmueble original 15 (Registral 14992 con 1176 m2 construidos según Registro) y que figuraba en base de datos desde el alta inicial formado íntegramente por el local 15 y como SUELO, sufre modificación en el sentido de contar con una superficie construida en privativo de 1199 m2 ../
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